El Impuesto PAÍS hoy ha sido un tema relevante en Argentina desde su implementación mediante el Decreto PEN N° 99/2019.
Recientemente, el Gobierno ha emitido nuevas disposiciones con el Decreto PEN N° 377 (B.O.: 24/07/2023) y la Resolución General N° AFIP 5393 (B.O.: 25/07/2023) para aclarar y actualizar su aplicación en el Sistema Malvina (SIM).
A continuación, destacaremos puntos clave que los importadores deben considerar y tener en cuenta para calcular el Impuesto PAÍS.
- El Impuesto PAÍS se aplica a la importación de ciertos bienes considerados “suntuarios” y a otras mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) – (Inciso B) VEINTIOCHO COMA CINCUENTA POR CIENTO (28,50%).
- Sin embargo, para mercaderías comprendidas en la NCM, la alícuota es del 7,5%, reducida respecto a la original establecida en la Ley N.º 27.541. – (Inciso E) SIETE COMA CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (7,125%)
Las operaciones de importación sujetas al Impuesto PAÍS incluyen destinaciones definitivas para consumo, introducción de mercadería en zona franca y destinaciones suspensivas de importación temporaria. Sin embargo, hay excepciones para ciertos bienes relacionados con la canasta básica alimentaria, como por ejemplo: pan francés, galletitas de agua, galletitas dulces, arroz, harina de trigo, harina de maíz, fideos secos, azúcar, dulce de batata, mermelada, dulce de leche, lentejas, arvejas en lata, choclo, papa, batata, acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado, manzana, mandarina, pera, naranja, banana, asado, carnaza común, hueso con carne, paleta, carne picada, nalga, pechito de cerdo, pollo, carne de pescado, hígado, mortadela, paleta cocida, salchichón, salame, huevo, leche fluida, leche en polvo entera, queso crema, queso cuartirolo, queso de rallar, yogur, manteca, aceite de girasol, margarina para cocinar, gaseosas, jugos concentrados, soda, cerveza, vino, sal fina, mayonesa, caldos concentrados, vinagre de alcohol, vinagre de manzana, chocolate, café, té en saquitos y yerba; y la generación de energía.
El cálculo del Impuesto PAÍS se realiza sobre el monto total de la operación de compra de billetes y divisas en moneda extranjera. El importador debe realizar un pago a cuenta del impuesto, que corresponde al 95% del total del Impuesto PAÍS. Este pago a cuenta se determina mediante alícuotas específicas según el tipo de operación y las mercaderías involucradas.
El SIM es el sistema utilizado para declarar y liquidar el Impuesto PAÍS.
IMPORTANTE: Cuando se haya realizado un pago anticipado sobre la operación involucrada, el despachante deberá informar en el SIM, como dato adicional y con carácter de declaración jurada, el importe abonado anticipadamente en dólares estadounidenses, a fin de descontarlo del mencionado Valor FOB a los fines del cálculo del pago a cuenta.
Los importadores, junto con sus despachantes de aduana, deben asegurarse de ingresar correctamente la información relevante en el sistema, como el monto girado al exterior, el tipo de cambio utilizado y las excepciones aplicables.
Es importante tener en cuenta que el SIM no permite combinar mercaderías sujetas al Impuesto PAÍS con aquellas que están exceptuadas.
Además, para el Sector Público Nacional, el Impuesto PAÍS puede no aplicarse en ciertos casos, según la normativa y detalle específico de la pregunta de arancel.
En conclusión, el Impuesto PAÍS es un factor crucial en las operaciones de importación en Argentina a partir del mes de Julio, ya que hasta el momento era un sector de la economía exceptuado de dicho impuesto.
Los importadores deben estar familiarizados con las regulaciones vigentes y asegurarse de que sus despachantes de aduanas, utilicen adecuadamente el Sistema Informático María para declarar y liquidar este impuesto.
Mantenerse informado sobre las actualizaciones normativas es fundamental para evitar incumplimientos y sanciones.
Ante cualquier inquietud, estamos para recibir sus consultas.
Equipo CCS.